martes, 25 de marzo de 2014

Sancionado Daniel Ceballos a 12 meses de prisión por permitir obstáculos en vías públicas

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Cesa en el ejercicio del cargo de alcalde del municipio San Cristóbal del estado Táchira", precisó magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado / Decisión fue tomada por la Sala Constitucional

Caracas, 25 de marzo de 2014.- La Sala Constitucional en potencia conjunta, declaró el desacato del ciudadano Daniel Ceballos, mediante el amparo constitucional cautelar dictado por esa instancia mediante la sentencia del pasado 12 de marzo (Caso: Alcaldes Blyde y Smaolansky) con efectos extensivos al referido ciudadano como alcalde del municipio San Cristóbal del  estado Táchira.
Mediante esta medida se sancionó a Daniel Ceballos a cumplir 12 meses de prisión, más las accesorias de Ley, por el referido desacato, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
"En consecuencia cesa en el ejercicio del cargo de alcalde del municipio San Cristóbal del estado Táchira", precisó la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado al dar lectura del dispositivo de la sentencia.
La decisión fue tomada por los miembros de la Sala Constitucional luego de realizada la audiencia del caso este martes en la sede del Alto Juzgado, en donde Daniel Ceballos y sus abogados expusieron sus argumentos;  al igual que la Asociación Civil Frente Nacional de Abogados Bolivarianos, como terceros intervinientes, con lo cual el Tribunal Supreso de Justicia da cumplimiento estricto al debido proceso.
Asimismo expusieron sus alegatos la representación del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo e hicieron uso de palabra los diferentes testigos promovidos por los mencionados organismos./LFA
 
Fuente: VTV / Prensa TSJ/25/03/14
Compilador. William Castillo Pérez

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